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REVISTA
ESTUDIOS DEL TRABAJO Nº 13 : 125-138. Enero-Julio 1997
REVISTA
ESTUDIOS DEL TRABAJO Nº 13 : 125-138. Enero-Julio 1997
REIVINDICANDO UNA JURISDICCIÓN ACADÉMICA
PARA LAS RELACIONES INDUSTRIALES :
Aportes a una discusión abierta.
Marta Ceballos Acasuso
[1]
Este documento está desarrollado a partir de un análisis
crítico de una disertación de George Strauss (1989), en la
que él expone la siguiente tesis: desde hace cuarenta años,
el campo académico de las relaciones industriales (RR.II) cubrió
un amplio espectro de problemas de empleo, desde la economía laboral
hasta las relaciones humanas. Gradualmente, a través de los años,
las RR.II cedieron su jurisdicción original. A los ojos de mucha gente,
hoy involucran exclusivamente la administración de las relaciones
de trabajo y nada más. Mientras tanto, en el mundo real, la naturaleza
de las relaciones de empleo está cambiando velozmente, y en los ámbitos
relativos al saber académico están tomando posición
- progresivamente - los estudios de las relaciones de empleo. La consecuencia
sería que, a menos que las RR.II reclamen su jurisdicción académica
original, están condenadas a la marginalidad.
ORÍGENES, PUJANZA Y TRANSFORMACIONES DE LAS RR.II.
Como campo académico, las RR.II. datan de la década de 1890,
pero tuvieron su "Edad
Dorada" en las
décadas de 1940 y 1950, en los Estados Unidos, cuando las relaciones
del trabajo, y su administración, eran vistas como el número
uno de los problemas internos.
Aunque en ese tiempo la mayoría de los académicos
de RR.II. se veían a sí mismos como economistas laborales,
sus intereses eran más amplios que aquellos de los economistas de
hoy. Tales intereses incluían temas de historia del trabajo, leyes
laborales, sociología industrial, administración de personal
y lo que -en aquel entonces- se llamaba "relaciones humanas". Por
ejemplo, aún cuando dos de los fundadores de esta disciplina, Charles
Myers y Dale Yoder, eran primariamente economistas laborales, escribieron
sobresalientes textos sobre personal. Otros economistas laborales escribieron
sobre legislación laboral (Slichter) o historia del trabajo (Commons).
Sumados a los economistas laborales, el campo incluía un matiz de
sociólogos, psicólogos, cientistas políticos, y profesores
de las escuelas de leyes. Sin embargo, la disciplina significó académicamente
poco en esos días porque RR.II. estaba comprometida con los problemas
del mundo real, y no con teorías. Muchos académicos de RR.II.
se desempeñaron como árbitros, y la mayoría cotizaron
sus contactos con los profesionales practicantes.
Todo esto cambió con el paso del tiempo; tal vez,
porque las RR.II. fueron demasiado exitosas en sus comienzos. Si tomamos
el ejemplo histórico de los EE.UU. observamos que, a medida que la
ola de huelgas de la posguerra cedió, y las relaciones laborales se
estabilizaron, nuestro campo dejó de figurar en los titulares. De
a poco, la original amalgama de esta disciplina se desplomó. La historia
laboral comenzó a ser escrita por los historiadores, no por los economistas.
Con los principios más importantes de la ley laboral estadounidense
establecidos, la ley laboral devino en ley de empleo y prestó poca
atención a las relaciones sindicato-patronales. Los economistas laborales
descubrieron la teoría del capital humano y, crecientemente, comenzaron
a ignorar a los sindicatos, o a verlos como imperfecciones del mercado a
ser superadas.
Las "relaciones humanas" se transformaron en
"comportamiento organizacional" y se pusieron en auge, se quitaron
los cursos de RR.II. exigidos en la currícula de las
De este modo, el campo académico de las RR.II.
quedó crecientemente confinado a las relaciones laborales
Desde su óptica, con la que muchos coincidimos,
las RR.II tienen una oportunidad: y aunque puedan ser restringidamente enfocadas
sobre la representación del empleado, también pueden estar
más ampliamente involucradas con todos los aspectos relacionados con
la situación de empleo y el lugar de trabajo. Aún estrechamente
definido como de relaciones obrero-patronales, el campo académico
de las RR.II. está resurgiendo, pero sólo tímidamente.
Sin embargo, muchas cosas interesantes quedan en evidencia cuando se las
define con mayor amplitud, como en la década del '40. Las actuales
RR.II. son distintas en todas las dimensiones de análisis. Hay nuevas
preguntas de investigación, nuevos problemas en políticas organizativas,
nuevas teorías, y nuevas técnicas de investigación.
Mi conceptualización de las RR.II. las incluye
a todas ellas, y en esto coincido con la visión de Strauss. Todas
proveen nuevas perspectivas, las cuales serían sumamente útiles
al profesional practicante y a la sociedad en general.
Analicemos los cinco enfoques que, según este
autor, proporcionan un muestreo asistemático de los nuevos desarrollos
en el campo de las RR.II. definido más ampliamente.
En los EE.UU., la cuna de la disciplina, tal vez lo más importante
haya sido un saludable cuestionamiento del así llamado
"sistema del New Deal",
el singular conjunto norteamericano de leyes e instituciones que surgieron
durante las décadas de 1930 y 1940, y las que aún todavía
moldean, en ese país, las relaciones de trabajo. Éstas incluyen
-por ejemplo- derechos exclusivos de negociación, contratos en términos
largamente detallados, un gran énfasis en la antigüedad del empleado,
clasificaciones de puestos estrictamente definidos, y una tajante distinción
entre trabajadores y administradores.
Con excepción de las extremas derecha e izquierda,
estas instituciones Como expresa Strauss: ·
- Si el 50% más uno de una
unidad de negociación vota por el sindicato, todos y cada uno están
representados; de otro modo, ninguno está representado.
·
- Ud. tiene la opción entre
el estilo del sindicalismo de los Estados Unidos, o no estar representado
de ninguna forma; Ud. no puede elegir ni comités de trabajo, ni representatividad
por la alianza de los gays y lesbianas.
·
- Si Ud. está representado,
tiene algunos derechos; pero si trata de ejercitarlos a través de
la huelga, se arriesga a perder su puesto.
·
- Si Ud. no está representado,
o si es un administrador, Ud. no tiene virtualmente derechos a menos, por
supuesto, que Ud. sea una persona de edad, una mujer, un miembro de alguna
minoría, o un discapacitado.
·
- O si Ud. es un trabajador jerarquizado
o un supervisor. La línea entre la gerencia y el sindicato es muy
tajante. Es duro ser algo en medio.
·
- Mientras el contrato
[3] tiene vigencia,
nada puede ser cambiado. A lo sumo, puede ser creativamente interpretado.
Una vez que el contrato ha expirado, casi todo puede ser arrebatado, pero
el resultado final refleja el poder relativo más que la justicia (aunque
las injusticias infligidas a menudo crean poder).
·
- Se espera que las partes sean
adversarios y lleven a cabo un elaborado ballet llamado negociación
colectiva. Al menos en público, se espera que exageren sus diferencias”.
Es así como el sistema crea rigideces (argumento
que estamos en condiciones de aplicar también al modelo argentino),
y no deja espacio para empleados eventuales. Más aún, convence
a los empleados no sindicalizados de que el sindicalismo es contraproducente
y, entonces, se combate a los sindicatos sin tregua. Aún en compañías
no sindicalizadas de los EE.UU. una gran parte de la fuerza de trabajo carece
de representación o de seguridad en el puesto, especialmente el personal
administrativo.
En verdad, ninguno de los principios mencionados son
absolutos, las partes maduras han aprendido a ser flexibles, tanto en los
países centrales como en aquellos en vías de desarrollo. Crecientemente,
por ejemplo, el contrato colectivo de trabajo es visto como un documento
"vivo", capaz de modificaciones evolutivas. Cautelosamente, algunas
partes están tratando de cooperar, aunque más a menudo sea
por necesidad que por convicción. Pero la peor parte del sistema estadounidense,
es que provee protección o representación para sólo
el 15% de la fuerza de trabajo. Con esta pauta, es claramente un fracaso.
No disponemos de datos con respecto a la realidad Argentina.
En EE.UU., algunos confían absolutamente en los
cambios de los procedimientos de la NLRB o reglas de reemplazo de las huelgas.
Otros, piensan que son solamente remiendos y que algo más drástico
se requiere para conducir a las relaciones sindicato-patronales hacia el
Siglo XXI. Muchos argumentan que la sección 8(a)2 debería modificarse.
Los comités de trabajo deberían ser permitidos, y hasta aún
obligatorios. Y si los comités de trabajo no fueran obligatorios,
al menos deberían elegirse comités de seguridad laboral. Otras
sugestiones incluyen los sindicatos comunitarios o de asociaciones, representaciones
sindicales minoritarias, y cambios en la distinción entre empleados
y contratados independientes.
Strauss se plantea algunos interrogantes sobre esto:
¿Cómo trabajarían estas innovaciones? Los comités
de trabajo -por ejemplo- pueden desenvolverse bien en Alemania, pero ¿proveerían
una representación efectiva al empleado estadounidense? ¿Servirían
ellos como escalones hacia el sindicalismo tradicional, o se usarían
como barreras contra los sindicatos, como fue en 1934 en ese país?
¿Evolucionarían, tal vez, hacia formas que aún no podemos
predecir? ¿Cuánta diferencia habría en realizar los
cambios propuestos, especialmente los cambios en la ley laboral? Después
de todo, los sindicatos han perdido peso en casi todo el mundo. En algunos
países (Reino Unido, Italia, Nueva Zelanda, Australia y Holanda),
la reciente caída de las tasas de sindicalización es, al menos,
tanta como en EE.UU. Finalmente, ¿cuál es la prospectiva de
que el Congreso aprobará alguna clase de reforma a la ley laboral?
El mismo autor se contesta, expresando su razonable pesimismo
sobre todos estos campos, especialmente en lo concerniente al paso necesario
hacia la reforma de la ley laboral estadounidense en el futuro inmediato.
A medida que los sindicatos declinan en los EE.UU., la
justicia industrial puede requerir una confianza creciente en las leyes.
Aunque la ley de empleo afecta a más gente que la ley sindicato-patronal,
ha sido largamente ignorada por los académicos de RR.II. (aunque les
concierne más a los profesionales practicantes). Esta ley se ocupa
de un creciente número de tópicos - desde el acoso sexual,
discriminación por edad, y polígrafos para despidos injustos
- pero
Hay muchos otros problemas que son puestos en la mira
desde esta perspectiva. Últimamente, estamos prestando atención
al cuidado de la salud en el trabajo. ¿Pero qué pasa con las
jubilaciones? Hay numerosos problemas importantes sobre esto tanto en la
realidad estadounidense que describe Strauss, como aquí en Argentina,
sobre este problema. Las RR.II. necesitan liderar la discusión pública
concerniente a estos tópicos; pero ¿estamos preparados académica
y profesionalmente para el conocimiento y la formación en esta especialidad?.
NUEVOS MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
Un segundo desarrollo favorable es en el área de la metodología
de investigación, especialmente el resurgimiento de estudios de casos
en lugares individuales de trabajo.
"Como estudiante recién graduado
, -nos cuenta Strauss-
me pasé seis meses en la planta de una fábrica hablando con
trabajadores verdaderos y administradores verdaderos; me senté con
ellos durante las negociaciones y asistí a cerca de 150 reuniones
sindicales. En esos días anteriores a la era de la computación,
fue la mejor forma de que aprendiera a hacer investigación."
Desde entonces, las cosas cambiaron. Como todas las disciplinas,
las Ciencias Sociales se volvieron más cuantitativas y teóricas,
Los estudios de casos son particularmente apropiados
para las investigaciones de cooperación sindicato-patronal, participación
obrera, involucramiento en el trabajo, y administración de calidad
total. Si la participación funciona ya no es más una pregunta.
Por supuesto que funciona, en algunas situaciones. Y no lo hace en otras.
Las preguntas reales, en cambio, son éstas: ¿Bajo qué
circunstancias funciona? ¿Cuáles son las barreras a la aceptación,
y cómo pueden ser superadas? ¿Cómo puede la participación
impedir la atrofia? Y sobre todo, ¿cómo pueden los modelos
de participación exitosa ser difundidos de un lugar de trabajo a otro?.
Las respuestas a estos interrogantes no llegarán
con más encuestas nacionales que nos digan que X % de las empresas
tienen sistemas de participación o que Y % de los administradores
dice que eso reduce los costos, por más útiles que estos estudios
puedan ser. En vez de eso, necesitamos meternos en la pequeña
En cualquier caso, un resultado feliz de este renacimiento
de los estudios de casos es que los artículos académicos contendrán
menos gráficos y más historias, y serán de mayor interés
y utilidad para los practicantes.
NUEVAS TEORÍAS
Un tercer nuevo desarrollo prometedor es la creciente aceptación de
nuevas teorías. Debemos dar la bienvenida a un conjunto de nuevos
conceptos teóricos derivados de la economía.
Dice Strauss:
Pero la nueva economía laboral está muy
orientada hacia lo micro: está considerablemente interesada en la
toma de decisiones individuales, e ignora ampliamente a los sindicatos. Para
una perspectiva más macro tenemos que volvernos hacia la sociología
y al comportamiento organizacional. Aquí los conceptos tales como
institucionalismo y dependencia de recursos nos dan conocimientos y proposiciones
comprobables que las teorías antiguas nunca suministraron. Por ejemplo,
un concepto llamado “
En un fascinador desarrollo novedoso, la economía
y la sociología se están alcanzando una a la otra, aunque -lamentablemente-
lo hagan pasando por alto a las RR.II. A menudo ellas se ocupan de los mismos
problemas, aunque también, frecuentemente, usando terminología
diferente. En forma creciente, los datos comportamentales y económicos
están siendo usados en los mismos estudios, y se introducen en los
mismos modelos.
Tenemos ahora nuevas aproximaciones a la remuneración
y los beneficios adicionales que vinculan a la psicología, economía
y sociología, haciendo uso de conceptos tales como gestión,
expectativas, y teorías de equidad así como ecología
organizacional, legitimación, y compromiso (Granovetter,1992; Baron
y Cook,1992). Ellos explican, por ejemplo, porqué las organizaciones
adoptan varios programas de remuneraciones y el impacto de éstos sobre
las organizaciones. Al mismo tiempo, la antigua economía nunca pudo
explicar porqué los ejecutivos en jefe (
Aunque la mayoría de estas teorías orientadas
al trabajo aparecen ahora en las revistas de economía y sociología,
es una parte importante de mi visión acerca de las relaciones industriales.
Strauss cree, también, que estarían mejor representadas en
la IRRA.
NUEVOS PROBLEMAS
Sumado a las nuevas teorías, hay un creciente interés principalmente
en los nuevos aspectos vinculados al empleo, los cuales han sido largamente
ignorados por las RR.II. en su definición estrecha, pero que son centrales
en la perspectiva ampliada. Algunas personas le dan al estudio de estas cuestiones
el título de macroanálisis de recursos humanos. Strauss prefiere
la denominación amplia de relaciones industriales.
Los cursos tradicionales sobre recursos humanos (o Personal)
versan sobre tópicos como aplicación de tests y entrenamiento;
y son dictados, en su mayoría, por psicólogos. Son dirigidos
a la perspectiva profesional de los recursos humanos y se refieren a "cómo
hacerlo".
La conceptualización amplia de las RR.II. se focaliza,
en especial, sobre las
Las RR.II., en su sentido ampliado, hacen un intenso
uso de las nuevas teorías arriba mencionadas. La teoría de
la gestión (
Junto a la economía, la sociología y la
historia, las RR.II. -en su sentido amplio- involucran al
Jack Barbash argumentó por años que la
justicia es la incumbencia central de las relaciones industriales. Recientemente
ha habido un torrente de investigación psicológica sobre lo
que es considerado un Más aun, el concepto ampliado de las RR.II. también
aporta importantes cuestiones de
Si el campo académico de las RR.II. no se ocupa
de estos temas, la administración de recursos humanos, la sociología
o la economía se harán cargo, pero sin la perspectiva humanista
de las relaciones industriales.
RELACIONES INDUSTRIALES COMPARADAS
La perspectiva comparativa en relaciones industriales es otra área
que está en auge, especialmente allende los mares. En cierto sentido
es la contraparte extranjera del enfoque doméstico de las relaciones
industriales recién discutido.
Desafortunadamente, la mayoría de las contribuciones
de los EE.UU. a este campo, proviene de sociólogos y cientistas políticos
que no publican en revistas de relaciones industriales. Las RR.II. comparadas
(
Hay una variedad de razones por las que la investigación
comparativa debería ser introducida en la corriente principal de las
RR.II. :
·
Es obvia su importancia en la medida
que nos movemos hacia una economía globalizada.
·
Las RR.II. comparadas nos ayudan a
entender nuestro propio sistema, poniendo de relieve lo que es singular en
él.
·
La investigación comparativa
puede sugerir progresos
a nuestro sistema. Alemania y Japón, por ejemplo, han sido un poco
más exitosos que EE.UU. en la introducción de computadoras
en las plantas productivas. En la Argentina podríamos aprender de
esas experiencias. Pero, además, la investigación comparativa
debería alertarnos sobre las dificultades de injertar elementos del
sistema de un país al de otro. Una institución que funciona
bien en un país, con su historia particular y sus instituciones ·
Por años, las RR.II. han andado
a tientas buscando una
teoría , pero
una teoría que explique las condiciones en un solo país no
puede ser una verdadera teoría. Para ser válida, debe poder
aplicarse con generalidad. Viendo las diferencias entre países, procuramos
buscar reglas universales uniformes que expliquen esas diferencias. Strauss
opina que la investigación comparativa nos ha dado ya el concepto
de equilibrio puntual. Este sugiere que los sistemas de RR.II. permanecen
estables por largos períodos de tiempo, aún en la etapa de
cambio de las condiciones económicas y políticas hasta que
la presión llega a ser demasiado extrema. Entonces, el sistema cambia
rápidamente. Los períodos críticos difieren mucho entre
países. Australia tuvo uno de tales períodos entre 1890-1905.
En Francia, tal vez, fue la década de 1960. Los EE.UU. atravesaron
uno en la década de 1930; y puede estar atravesándose uno ahora.
·
Finalmente, la investigación
comparativa nos ayuda a comprender la
significación relativa de varios factores
tales como tecnología, fluctuaciones económicas, leyes, y
cultura. Por ejemplo, la fuerza del sindicalismo está decayendo en
casi todas partes, pero las diferentes tasas dependen del país. ¿Hasta
qué punto esas distinciones se deben a las diferencias en normas y
regulaciones legales, diferencias en la composición de la fuerza de
trabajo, o diferencias en los sistemas de gestión? La investigación
comparada nos ayudará a responder a estas preguntas.
Hasta hace poco, los textos comparados consistían en estudios paralelos
de países individuales, un capítulo para cada país en
el total de un libro, y el énfasis estaba puesto en el nivel nacional
y, desde allí arriba, se contempla al resto. La moderna investigación
comparativa no procura tanto describir, como explicar diferencias. Más
que focalizada en la cima del sindicalismo nacional, a menudo está
orientada hacia el lugar de trabajo o la industria; por ejemplo, alguna investigación
se centra en ocupaciones específicas, digamos trabajadores portuarios
o pintores, examinando como los factores económicos, legales, y tecnológicos
juegan en el contexto de diferentes instituciones nacionales de RR.II. Son
típicos de esta clase de investigación, una serie de estudios
comparando cómo fábricas, en Inglaterra, Francia y Alemania,
reaccionan a la introducción de computadoras en los talleres de trabajo.
Otra investigación de utilidad ha comparado la introducción
de equipos de trabajo y círculos de calidad en los EE.UU., Suecia,
Japón y Alemania.
Algunos estudios se concentran en la proporción
de huelgas, otros en las relaciones de trabajo en las plantas. Gran Bretaña
y Australia han desarrollado encuestas en grandes muestras de lugares de
trabajo que observan cuestiones tales como índices de quejas y proporción
capataz-miembros del sindicato. Estos estudios permiten comparaciones cuantitativas
de variables claves entre países (Whitfield, Marginson, y Brown, de
próxima aparición). Hasta ahora, los EE.UU. no tienen nada
comparable a eso y Strauss expresa su deseo de contar con estos aportes en
un futuro cercano.
Entre los estudios más útiles están aquellos que comparan
pares similares, países que son parecidos en muchos sentidos y los
cuales pueden, al mismo tiempo, haber tenido sistemas de relaciones industriales
fuertemente similares. Ilustrativo de éstos son EE.UU. y Canadá,
Gran Bretaña e Irlanda, Australia y Nueva Zelandia, y Dinamarca y
Noruega.
Algunos de los mejores estudios han comparado historias;
por ejemplo, varios han examinado cómo el cambio tecnológico
fue introducido en la industria textil en varios países alrededor
del 1800 y el impacto de esto sobre la sindicalización. Las diferencias
son difíciles de explicar sin profundos análisis de la historia.
En resumen, la investigación comparativa es importante,
no sólo para comprender otros países, sino porque puede ayudarnos
a analizar las relaciones industriales en general.
CONCLUSIONES
Si bien hace quince años Strauss y Feuille (1978) lamentaban lo que
llamaban "la apatía
académica de las relaciones industriales",
temerariamente predijeron que un nuevo renacimiento estaba por venir. Pudieron
haber estado adelantados. Pero ahora, con los más recientes avances
registrados en la visión académica de la disciplina, su optimismo
tiene una nueva justificación.
Coincido con las más recientes manifestaciones
de Strauss, acerca de que la revitalización depende considerablemente
de cómo se defina a las relaciones industriales. Aún estrechamente
definido, como de relaciones sindicato-patronales, el campo de las RR.II.
está mostrando señales de vida.
En nuestro país, sin embargo, el presente interés
en la reforma de la legislación laboral puede ser la última
gran oportunidad de que esta versión (acotada) de las RR.II. recobre
protagonismo académico. A menos que haya más dinamismo e iniciativa
en las organizaciones sindicales, el futuro de las RR.II. en su visión
estrecha puede ser bastante lúgubre. (Aunque, sinceramente, espero
equivocarme en esta apreciación). Pero en los amplios términos
definidos desde los años '40, el de las RR.II. es un campo vibrante.
Tiene cimientos teóricos y es de gran relevancia para los nuevos avances
interdisciplinarios.
Para bien o para mal, el mundo empírico de las
RR.II. va a atravesar un período de considerables cambios. Tendencias
tecnológicas y demográficas están forzando cambios en
la organización del trabajo y en el modo de supervisión. Aún
los empleadores de empresas no sindicalizadas están comenzando a reconocer
que la participación y los derechos en el trabajo se compensan en
términos de eficiencia.
Así que una oportunidad se ha abierto a las RR.II.
para extenderse hacia lo que parecen ser nuevas áreas de estudio,
pero las cuales -de hecho- representan nuestra jurisdicción original.
Si las RR.II. no toman esta chance, las lamentables predicciones de Kaufman
se realizarán.
Aunque anuncia su optimismo acerca de que las RR.II.
ensancharán su perspectiva, Strauss admite que la negociación
colectiva tendrá un lugar cada vez menor en las relaciones industriales
prácticas de los EE.UU. y , por lo tanto, un lugar cada vez menor
en su investigación y enseñanza :
En parte, comparto este temor de que las modernas RR.II. se interesarán
más en la eficiencia de gestión que en la justicia social.
Sin embargo, aunque los sindicatos y la negociación colectiva puedan
no seguir siendo el centro de interés de las RR.II., la mayoría
de las cuestiones que ellas consideran, desde el empleo eventual hasta el
acoso sexual, promueven y vivifican aspectos de ética, justicia y
política pública.
En este sentido, creo que ambos nos aferramos a la esperanza
de que las RR.II. nunca olviden los ideales de sus orígenes.
BIBLIOGRAFÍA
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KAUFMAN, Bruce.
STRAUSS, George. “Industrial Relations as an Academic
Field: What's wrong with it”, en BARBASH, J. y BARBASH, K. (eds.)
WHITFIELD, Keith; MARGINSON, Paul; BROWN FORTHCOMING,
William. “Workplace Industrial Relations under different Regulatory Systems:
A Survey-Based Comparison of Australia and Britain”, en
propias, puede no trabajar bien en otros contextos nacionales.
[6]
[Note 1]
La autora es miembro de la Carrera del Investigador Científico del
CONICET, en el Programa de Investigaciones Económicas sobre Tecnología,
Trabajo y Empleo (PIETTE) y Prof.Tit. de Relaciones Industriales 1 en la
Universidad Nacional del Nordeste. Miembro de la Industrial Relations Research
Association (IRRA) y de la Asociación Argentina de Especialistas
en Estudios del Trabajo (ASET).
[Note 2]
(Nota de trad.) En nuestro vocabulario técnico, la expresión
anglosajona “union-management
relations” puede
ser comprendida como relaciones sindicato-patronales o -más precisamente-
como relaciones laborales.
[Note 3]
(Nota de trad.) Entiendo que se menciona como contrato al producto de la
negociación colectiva. En tal caso, el término alude al concepto
de contrato colectivo de trabajo.
[Note 4]
(Nota de trad.) Se emplea esta expresión para referirse a un sistema
de remuneraciones que basa sus pagos en el desempeño relativo. Típicamente,
el primer premio es muy alto, con primas subsiguientes que decrecen rápidamente
en rangos por debajo del tope. Si cada uno aspira al tope, la productividad
en los rangos mas bajos se acrecienta.
[Note 5] (Nota de Trad.) La expresión alude a los CEOs : chief executive officers.
[Note 6]
Para Latinoamérica, hace ya muchos años, Kliksberg (1974)
nos advertía acerca de la introducción de tecnologías
operativas y de gestión, denominando a esta clase de transferencias
"transplantes
ilegítimos".
Aún, hoy en día se recurre a ello como paliativo generalizado
frente a la situación de
"estrangulamiento tecnológico".
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